Se entiende por lechazo la crÃa de oveja que todavÃa mama, utilizándose
este término indistintamente para referirse a machos y hembras y
estando su campo lingüÃstico comprendido en la locución «Cordero
Lechal», tratándose de un localismo que se utiliza en el ámbito
geográfico de la Cuenca del Duero.
El tipo de ganado apto para la producción de la Indicación Geográfica
Protegida «Lechazo de Castilla y León», procede de las razas:Churra. Castellana. Ojalada.
Admitiéndose únicamente los cruces entre las razas indicadas.
El «Lechazo de Castilla y León» deberá reunir los siguientes
requisitos: Corderos sin distinción de sexo Peso vivo al sacrificio en matadero: de 9 Kg. a 12 Kg. Edad de sacrificio: hasta 35 dÃas. La alimentación de los lechazos será exclusivamente con leche materna. En ningún
caso podrán recibir las madres promotores de crecimiento ni finalizadores.
Serán amparadas por la Denominación Especifica «Lechazo de Castilla
y León», las canales de las categorÃas extra y primera y que cumplan las
caracterÃsticas siguientes:
Peso canal: dos formas de presentación: Sin cabeza ni asadura y con epiplón: de 4,5 Kg. a 7 Kg. Con cabeza, asadura y epiplón: de 5,5 Kg. a 8 Kg. CaracterÃsticas de la grasa: Grasa externa de color blanco céreo.
El epiplón cubrirá la canal. Los riñones aparecerán cubiertos en más
de la mitad de su superficie. Conformación: Perfil rectilÃneo con tendencia
subconvexa. Proporciones armónicas. Contornos ligeramente redondeados.
La zona de producción de ovino está comprendida por determinadas
Comarcas Agrarias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, siendo
la zona de sacrificio y faenado de la canal, la totalidad de la
Comunidad Autónoma de Castilla León.














